IMPUESTO DE SOCIEDADES. NOVEDADES 2021
Faltan poquitos días para llegar a mitad de este 2022 y también para dar inicio a la presentación del Impuesto de Sociedades 2021, fecha bastante esperada por el equipo de Asesoría y Consultoría Fénix y sus clientes.
Seguramente te interesan las novedades que hay para este año, y seguidamente te las voy a desvelar paso a paso
Primero…
¿Qué es el Impuesto de Sociedades?
La figura del autónomo no es la única figura jurídica, hay muchísimas más. Y si un autónomo declara las “cuentas” de su actividad en la Declaración de la Renta, las sociedades y las otras entidades lo hacen a través del Impuesto de Sociedades.
Si has aterrizado en esta página por casualidad o simplemente buscas información sobre este impuesto, has de saber que es un tributo personal y directo que grava la obtención de renta por parte de las sociedades y demás entidades jurídicas que residan en territorio español.
Se estructura en torno a la contabilidad y la determinación del resultado contable de la sociedad u organización. Representa el punto de partida para determinar la base imponible y la cuantía a pagar anualmente.
¿Cuál es el plazo de presentación?
Hecha ya esta asociación, has de saber que el plazo es mucho mas reducido, tratándose en este caso de poco más de tres semanas para poder presentar el Impuesto de Sociedades. Empieza el 1 de julio 2022 y acaba el 25 de julio de 2022.
La Declaración del Impuesto de Sociedades se hace mediante la presentación del Modelo 200, y Modelo 220 si es para grupos de sociedades.
¿Cómo se calcula la base imponible?
Para obtener la cantidad a pagar por el Impuesto de Sociedades, primero habrá que calcular la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos practicados en el ejercicio.
A este resultado, llamado también Resultado de Explotación, se le aplican correcciones o ajustes debido a las diferencias existentes si proceden, y obtendremos la base imponible previa.
Si existen bases imponibles negativas de otros años anteriores (perdidas a compensar), se pueden restar en este momento, y así llegaremos a obtener la base imponible. Solo faltaría aplicar el tipo impositivo para obtener la cuota íntegra.
A esta cuota integra se le pueden deducir las bonificaciones y deducciones a las que podemos optar. Finalmente, aplicando las retenciones y pagos a cuenta soportados (si los hay) se obtendría la cuota diferencial. Este importe representa el pago que se tendrá que efectuar a Hacienda.
¿Cuánto se paga de Impuesto?
Uno de los principales motivos para el que las sociedades, u otras figuras jurídicas, resultan atractivas, es la ventaja fiscal. Es decir, la carga fiscal es mas reducida en comparación con la que soporta un autónomo, si supera determinados límites.
Existen varios tipos impositivos (porcentajes):
- Tipos de gravamen general del 25% para: Cooperativas de crédito, cajas rurales, mutuas de seguros generales, sociedades de garantía recíproca, partidos políticos, mutualidades de previsión social, comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
- Tipos de gravamen especiales:
- Microempresas y entidades de reducida dimensión: 25%
- Entidades de nueva creación: 15% aplicable en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente
- Cooperativas fiscalmente protegidas: 20% (los resultados extra-cooperativos irán al tipo general)
- Entidades sin fines lucrativos que apliquen el régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002: 10%
- Sociedades y Fondos de Inversión y Fondos de activos bancarios: 1%
¿Qué implicaciones tiene el pago del impuesto?
Si el resultado ha sido positivo (se han tenido beneficios) implica la obligación de presentar el Modelo 202, que representa el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. Es decir, un pago a cuenta de cara al próximo ejercicio. Este modelo se presenta y se paga durante los meses de octubre, diciembre y abril (siguiente año).
El tipo o porcentaje a aplicar en los pagos fraccionados (en general) es el 18% de la cantidad que se pagó en el Modelo 200
¿Qué Libros Contables se tiene la obligación de presentar?
Como has podido comprobar, todavía no hemos acabado. Las sociedades y entidades obligadas al Impuesto sobre Sociedades también lo están a la llevanza de unos libros contables:
- Libro Diario, que registra cronológicamente el importe de todas las operaciones.
- Libro de inventarios y cuentas anuales, que se abre con el Balance Inicial de la empresa y recoge, de manera periódica (trimestral) los balances de comprobación posteriores.
- Libros Societarios como los Libros de actas, acciones nominativas y el Libro registro de socios.
¿Cuáles son las novedades en el Impuesto sobre Sociedades para este ejercicio 2021?
Una de las principales novedades fiscales incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2022 es la tributación mínima en el I.S. para determinadas empresas. En concreto se trata de 15% para:
- Las que tengan un importe neto de su cifra de negocios igual o superior a 20 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo.
- Las que tributen en el régimen de consolidación fiscal.
De cualquier forma, la cuota líquida (otra novedad), llamada anteriormente cuota diferencial, no puede ser menor al resultado de aplicar el 15%. También existen excepciones y es por ello que recomendamos pedir ayuda en este tipo de gestiones a profesionales y especialistas.
El equipo de Asesoría y Consultoría Fénix estará encantado de brindarte la ayuda que necesites. Para contactarnos, puedes hacerlo desde AQUÍ.
Y para finalizar…¿Te interesaría un post donde hablara sobre las principales diferencias entre la figura del Autónomo y la de una Sociedad?
¿Y de paso ver cual resulta más interesante, y cuándo?
Te leo en los comentarios. Gracias por llegar hasta el final.




